Nathalie Ninuma
Docente de la Maestría en Tributación y Política Fiscal
Actualmente, se viene observando en la práctica que las fiscalizaciones de la Sunat se han intensificado en el sector agrario, lo que se explica ya que las empresas agrarias se han visto en menor medida afectadas económicamente por la pandemia, y el fisco tiene como objetivo incrementar su recaudación para hacer frente a los gastos públicos que la coyuntura amerita, siendo esta una de sus funciones establecidas según el Código Tributario (artículo 55).
No obstante, si bien la Sunat cuenta con 12 meses para realizar una fiscalización definitiva o 6 meses en el caso de fiscalizaciones parciales (según los artículos 62-A y 61 del Código Tributario, respectivamente), se observa que está cerrando sus auditorías en los primeros meses. Así, las fiscalizaciones tienen una duración breve que probablemente se deba a la necesidad de una rápida recaudación, pero que puede afectar la posibilidad de una adecuada defensa por parte del contribuyente.
Por tanto, en este contexto resulta vital que las empresas tengan una capacidad rápida de respuesta que les evite la aplicación de multas por no presentar oportunamente la información solicitada y más aún evitar reparos que luego deban sujetarse a impugnación en niveles superiores, o incluso se preparen de manera anticipada a una fiscalización.
Para ello, un punto importante que se advierte es que la Sunat está replicando sus cuestionamientos en las distintas fiscalizaciones en curso, como es el caso de:
- Fehaciencia de los costos de las plantas productoras
- Informe técnico de sustento de la baja de dichas plantas
- Fehaciencia de los costos de venta
- Informe técnico de mermas y destrucción de desmedros
- Devengo y ajustes de ingresos por exportación
Como se puede observar, la mayor parte de los puntos antes mencionados involucran que las empresas cuenten con la documentación que acredite la realidad de los costos y gastos, lo que no necesariamente se tiene a mano (sino en custodia de un tercero o en respaldos de información de personal que ya no labora en la entidad) y tampoco organizado.
Considerando ello, y una valla cada vez más alta para que la Sunat acepte la acreditación de una operación, la mejor recomendación es estar preparados desde el momento uno de la fiscalización o, de ser posible, antes, para afrontar cuestionamientos como los indicados, de modo que se vaya recabando la documentación que demuestre la realidad de tales conceptos (comprobantes y medios de pago, contratos o similares, hojas de tiempo, informes, comunicaciones, etcétera, y de preferencia que sea formal y de fecha cierta).
Citar esta entrada de blog (APA, 7.a edición): Ninuma, N. (19 de octubre de 2021). Intensificación de fiscalizaciones de la Sunat a las empresas del sector agrario y cómo afrontarlas. Blog de Tributación. https://www.ulima.edu.pe/posgrado/maestrias/mtpf/blog/intensificacion-fiscalizaciones-sunat-a-empresas-sector-agrario |
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