Nueva norma de subcapitalización

Autor(es)

Fernando Tori

Docente de la Maestría en Tributación y Política Fiscal y socio de EY

Las reglas de subcapitalización son normas que limitan la deducibilidad de los gastos por intereses para efectos del impuesto a la renta y se aplican en forma supletoria al conocido principio de causalidad, estableciendo que, para que un gasto sea deducible de la base imponible del impuesto a la renta, es necesario que se encuentre vinculado a la generación de renta gravada o al mantenimiento de la fuente productora de dicha renta. Esto quiere decir que para que el gasto por intereses sea deducible debe cumplir con el mencionado principio de causalidad y no exceder el límite de subcapitalización.

Hasta el ejercicio 2018, estas reglas se aplicaban únicamente a los financiamientos entre partes vinculadas (léase, empresas consideradas parte de un mismo grupo económico), y se consideraba como monto máximo de endeudamiento tres veces el patrimonio neto de la empresa, al cierre del ejercicio anterior.

A partir del año 2019, dicho límite de tres veces el patrimonio neto de la empresa al cierre del ejercicio anterior se aplica a los endeudamientos en general; esto quiere decir, a cualquier financiamiento que provenga de partes vinculadas o no. Por lo tanto, los préstamos provenientes de bancos o préstamos comerciales en general pasan a ser considerados parte del límite de subcapitalización.

Por si ello fuera poco, a partir del año 2021 el límite cambiará de fórmula y no serán deducibles los intereses en la parte que excedan el 30 % del EBITDA del ejercicio anterior, entendiéndose como EBITDA la renta neta (ingresos gravables menos costos y gastos) luego de efectuada la compensación de pérdidas más los intereses, depreciación y amortización. El interés que resulte no deducible puede ser arrastrado a los cuatro ejercicios inmediatos siguientes.

Si bien existen excepciones a estas reglas —por ejemplo, endeudamientos para proyectos de infraestructura pública, endeudamientos provenientes de la emisión de valores que se realicen por oferta pública y algunos otros—, consideramos extremas estas nuevas reglas, pues no se han adoptado los llamados safe harbors que usualmente vienen acompañados de este tipo de normas.

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