satélites

Sentencia de la Corte Suprema del Perú sobre las rentas derivadas de la explotación de satélites considerada como explotación de intangibles y no como rentas empresariales

Sentencia de la Corte Suprema del Perú

La Corte Suprema del Perú, en reciente sentencia, concluye que las rentas de los servicios satelitales son rentas generadas en el territorio peruano, para lo cual sostiene que los satélites usan “el segmento espacial para efectos de transmitir información a través del espectro radioeléctrico, por lo que el uso de la capacidad satelital constituye un bien intangible, sujeto a cesión o cualquier otra modalidad contractual” (fundamento 9.11. de la sentencia).