02 de Junio de 2016

Conferencia magistral sobre delitos de corrupción empresarial

En el marco de la promulgación de la Ley de Responsabilidad Administrativa de las Personas Jurídicas, la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción (CAN), la Carrera de Derecho de la Universidad de Lima y el Centro de Estudios de Derecho Penal Económico y de la Empresa organizaron la conferencia magistral “La responsabilidad de la persona jurídica en los delitos de corrupción”, el 4 de mayo en la Universidad de Lima.

Participaron expertos del Perú y del extranjero que reflexionaron sobre la corrupción empresarial, el buen gobierno corporativo y el cumplimiento normativo corporativo.

El conversatorio se inició con las palabras de bienvenida de la coordinadora general de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, doctora Rosmary Cornejo, quien contextualizó el tema e hizo referencia a la incorporación del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), señalando, asimismo, el motivo de la conferencia: construir un modelo peruano propio a partir de los modelos de prevención anticorrupción con los que cuentan otros países.

Para ello, Jaime Winter Etcheberry, profesor del Departamento de Ciencias Penales de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, inició el conversatorio con su ponencia “Compliance anticorrupción en Alemania y Chile”. Explicó los dos modelos que se practican en dichos países respecto a la responsabilidad empresarial por delitos de corrupción. Asimismo, resaltó la necesidad de un programa de compliance, como una generación de una cultura de cumplimiento normativo por parte de la empresa y no como algo impuesto, a fin de que esta herramienta funcione eficazmente.

Por su parte, el profesor de Derecho Penal en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP) y en la Universidad de Lima, Carlos Caro Coria, afirmó que los problemas que presenta la ley chilena son los mismos a los que se inclina la ley en el Perú, los cuales dejan una interrogante: ¿cuáles son los límites verdaderos del compliance? En este sentido, se dirigió específicamente a los casos de las micro y pequeñas empresas y su responsabilidad limitada. La certificación es un tema que le parece muy importante, pero abre, asimismo, una serie de preguntas. No es una autorización para liberar de responsabilidad a la empresa, es un elemento que estudiará el juez.

De igual modo, el panelista José Luis Medina Frisancho, magíster en Derecho Penal por la PUCP y asesor de la CAN, explicó los alcances de la ley que sanciona las empresas por corrupción internacional y resaltó las ventajas que tiene el Perú al establecer esta nueva ley.

Finalmente, Andy Carrión Zenteno, autor del libro Criminal Compliance y profesor de la Carrera de Derecho de la Universidad de Lima, refirió las virtudes y las correcciones en un primer acercamiento al establecimiento de nuevos parámetros y estructuras de imputación que tomamos como ejemplos y como paradigmas. Existen también infracciones contables, para rastrear un pago corrupto, ocultamiento de pagos, el tema de maquillaje de contabilidad para facilitar que se haga un pago corrupto. Mencionó, asimismo, que en Estados Unidos existen disposiciones que hacen que el empresario se preocupe de llevar de manera responsable la contabilidad.

Así, los panelistas participantes de esta charla magistral finalizaron la conferencia, dejando varios puntos para continuar la reflexión, en el marco de la promulgación de la reciente ley.